Detención ilegal
Ayer daban cuenta las noticias del intento de secuestro de un recién
nacido en un hospital de El Ejido, por parte de una señora que se hizo
pasar por enfermera. También informaban que, tras detenerla y tomarle
declaración, el juez la puso en libertad "con cargos" por detención
ilegal.
Parece razonable y hasta obvio que se subsuma tal conducta en el tipo
penal clásico del secuestro, pero ¿es realmente adecuada tal
calificación? ¿Tiene libertad y, concretamente, libertad
deambulatoria, un recién nacido? ¿Y un paciente en estado de coma? ¿Y
un pentapléjico que sí pueda expresar verbalmente su voluntad, aunque
no pueda ejecutarla por sí mismo?.
Volviendo al caso del secuestro del recién nacido ¿es realmente la
libertad del menor el bien jurídico protegido? ¿o lo es el derecho de
sus padres a decidir libremente sobre el recién nacido?. Probablemente
la información periodística sobre la calificación del hecho como
detención ilegal seguramente sea un error del informador o una
calificación apresurada del juez de guardia y acaben derivándolo a un
delito contra las relaciones familiares, aunque tampoco tiene fácil
encaje en ninguno de ellos. Pero, en cualquier caso, no se resuelve la
pregunta base ¿se puede privar de libertad deambulatoria a quien no la
tiene?.
Saludos.
date: Thu, 16 Oct 2008 01:09:19 -0700 (PDT)
author: unknown
|